Art. 57.o Los Oficiales de Reserva que hicieron voluntaria y satisfactoriamente un período de instrucción en unidad de su arma, durante seis meses o más, podrán optar entre ser ascendidos o quedar eliminados de la obligación de concurrir a grandes ejercicios y maniobras durante cinco años.
Los Oficiales de Reserva que hayan asistido durante un año militar completo a las academias, juegos de guerra y excursiones tácticas de la unidad de su adscripción, y concurrido a un período de grandes ejercicios y maniobras, quedarán eliminados de los llamados con fines de instrucción durante tres años.