Artículo 13.o- Créase un Juzgado de Letras de Menor Cuantía en Potrerillos, con jurisdicción en la subdelegación de Potrerillos, del departamento de Chañaral, con la siguiente dotación:
    1 Juez;
    1 Secretario;
    1 Oficial 1.o, y 1 Oficial de Sala.