Artículo 22.o.- Incorpóranse a la planta permanente del servicio Médico Legal los siguientes cargos que figuran a contrata en el ítem respectivo de la Ley de presupuestos vigente y que serán servidos por las personas que actualmente los desempeñan:
  Médicos legistas de: Los Angeles (1),
  Curicó (1), Ovalle (1), Lautaro (1),
  Parral (1), Victoria (1), y Rengo
  (1), con dos horas y renta de
  $ 84.240 c/u___________________________  $  589.680
2 Oficiales del Instituto Médico
  Legal, grado 16°, $ 68.240 c/u_________      136.480
Oficiales del Servicio Médico Legal
  de Viña del Mar (1), Auxiliares de
  las morgues de: Los Angeles (1),
  Curicó (1), Ovalle (1), Lautaro (1),
  Parral (1), Victoria (1) y Rengo
  (1) grado 17°, con $ 64.560 c/u________      516.480