Artículo 22.o.- Incorpóranse a la planta permanente del servicio Médico Legal los siguientes cargos que figuran a contrata en el ítem respectivo de la Ley de presupuestos vigente y que serán servidos por las personas que actualmente los desempeñan:
Médicos legistas de: Los Angeles (1),
Curicó (1), Ovalle (1), Lautaro (1),
Parral (1), Victoria (1), y Rengo
(1), con dos horas y renta de
$ 84.240 c/u___________________________ $ 589.680
2 Oficiales del Instituto Médico
Legal, grado 16°, $ 68.240 c/u_________ 136.480
Oficiales del Servicio Médico Legal
de Viña del Mar (1), Auxiliares de
las morgues de: Los Angeles (1),
Curicó (1), Ovalle (1), Lautaro (1),
Parral (1), Victoria (1) y Rengo
(1) grado 17°, con $ 64.560 c/u________ 516.480