Artículo 8° Mientras se designan los miembros del Consejo, en la forma que lo establece el artículo 5° de esta ley, continuarán en sus funciones los actuales Consejeros de la Caja.
    Dentro de seis meses deberán quedar designados los Consejeros señalados en las letras c) y d) del artículo 5°.