Artículo 3.o Los fondos producidos por el artículo anterior se destinarán exclusivamente a la ejecución del camino longitudinal sur hasta Quellón y el camino pavimentado de acceso al longitudinal desde Concepción a Los Angeles, por Hualqui y Rere.
    Una vez terminadas estas obras, los fondos se destinarán a la pavimentación del camino longitudinal de Arica a Santiago.