"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Isla de Maipo para contratar un empréstito directamente con el Banco del Estado u otras instituciones de crédito, que produzca hasta la suma de $2.300.000, a un interés no superior al 10 % anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años.
Facúltase al Banco del Estado o a otras instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos a que se refiere el inciso anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.