LIBERA DE PAGO DE PATENTE MUNICIPAL A PROFESORES EN SERVICIO
    Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha dado aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1° Los profesores que presten sus servicios profesionales en establecimientos de enseñanza dependientes del Ministerio de Educación Pública, de otros Ministerios, en las Universidades del Estado o en establecimientos de enseñanza particular, estarán exentos, por dichos servicios, del pago de la contribución de patente municipal, establecida en la Ley de Rentas Municipales, cuyo texto definitivo fué fijado por decreto N° 2,688, de 29 de Agosto 1946, del Ministerio del Interior.

    Artículo 2° Las Municipalidades que hayan hecho efectivo el pago de la contribución referida devolverán sin intereses a los afectados las sumas cobradas, previa comprobación del cobro respectivo".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veinticinco de Marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Barrios H.