Aumenta en tres el número de generales de Carabineros, con el fin de atender los requerimientos de las nuevas regiones de Arica y Parinacota, y de los Ríos.
El texto modifica la Ley N° 18.291 (de carácter secreta), que fija la planta y grados de Carabineros de Chile. La ley, iniciada en mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto adecuar la legislación vigente sobre dotación de Carabineros, a las necesidades actuales de personal de esa institución, en especial, cubrir las nuevas jefaturas de zona de Carabineros correspondientes a las nuevas regiones.
La iniciativa crea tres nuevas plazas de general (grado 3) en el Escalafón de Fila de Orden y Seguridad, suprime una plaza de general (grado 3), en el Escalafón de Sanidad Dental, y establece que la aplicación de esta ley se financiará, anualmente, con los recursos que se contemplen en el presupuesto vigente de Carabineros de Chile.
La normativa incorpora un artículo transitorio el que señala que dentro de los 90 días contados desde la publicación de la presente ley, deberán efectuarse en los textos reglamentarios de Carabineros de Chile las adecuaciones que se deriven de la aplicación de este cuerpo legal.
MODIFICA LA LEY Nº 18.291, QUE REESTRUCTURA Y FIJA LA PLANTA Y GRADOS DE CARABINEROS DE CHILE
LEY NÚM. 20.231
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Modifícase la ley Nº
18.291, que reestructura y fija la planta y grados de Carabineros de Chile:
1) En su artículo 1º, Título I, Personal de Nombramiento Supremo, subtítulo A, Oficiales de Fila, Nº 1 Escalafón de Orden y Seguridad, auméntase la planta en el grado que se indica:
Nº de empleos Grados
3 Generales 3
2) En su artículo 1º, Título I, Personal de Nombramiento Supremo, subtítulo B, Oficiales de los Servicios, Nº 3 Escalafón de Sanidad Dental (S.D.), suprímese el empleo que se indica:
Nº de empleos Grados
1 General de Sanidad Dental 3
Artículo 2º.- La aplicación de esta ley se financiará anualmente con los recursos que se contemplen en el presupuesto vigente de Carabineros de Chile.
Artículo transitorio.- Dentro de los 90 días contados desde la publicación de la presente ley, deberán efectuarse en los textos reglamentarios de Carabineros de Chile las adecuaciones que se deriven de la aplicación de este cuerpo legal.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 27 de noviembre de 2007.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- José Goñi Carrasco, Ministro de Defensa Nacional.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Javiera Blanco Suárez, Subsecretaria de Carabineros.