Artículo 26.o Introdúcense las siguientes enmiendas al Código Orgánico de Tribunales:
a) Reemplázase en el inciso penúltimo del artículo 32 las palabras "mil pesos" por "tres mil pesos" y "cinco mil pesos" por "quince mil pesos".
b) Reemplázanse en el inciso segundo de la letra b) del N.o 1.o del artículo 45, las palabras "mil pesos" por "tres mil pesos".