"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Curacautín para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile, con otras instituciones de crédito o con particulares, uno o más préstamos hasta por la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000), a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.