"Artículo 1°.- Autorízase a las Municipalidades de Mulchén, de Santa Bárbara y de Quilaco para contratar directamente, uno o más empréstitos que produzcan hasta las sumas de $ 7.000.000, de $ 5.000.000 y de $ 2.500.000, respectivamente, a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años.