Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley que contraten las Municipalidades de Santa Bárbara y Quilaco se invertirá en la construcción de una línea de transmisión eléctrica común hasta Santa Bárbara y Quilaco y en la instalación de redes de distribución de energía eléctrica en las villas de los mismos nombres.
El producto del o los empréstitos que contrate la Municipalidad de Mulchén se invertirá en la ampliación de la red de distribución de energía eléctrica de la ciudad de Mulchén.