TITULO V {Art. 11-11}
    ACTOS ADMINISTRATIVOS Y DIVERSOS
    Artículo 11.
                                                Dólares
32.- Por expedir un pasaporte________________    7.00
33.- Por visar un pasaporte expedido por
      autoridad extranjera, incluyéndose
      en este cobro el visto bueno en los
      diversos certificados que exija el
      Reglamento______________________________    8.00
    Cuando las autoridades extranjeras cobren un mayor valor por la visación de pasaportes expedidos por autoridad chilena los Cónsules de Chile cobrarán esa misma suma a los nacionales de la expresada autoridad y agregarán a la anotación del cobro la frase "Por reciprocidad".
    En caso que tales autoridades cobren un valor menor y cuando las circunstancias así lo aconsejen, el Gobierno podrá autorizar a los Cónsules de Chile para percibir un valor equivalente, con anotación de la frase "Por reciprocidad".
    Por cortesía y en caso de reciprocidad, no se cobrarán derechos por la visación de pasaportes de otros Cónsules, Jefes de Misión y Secretarios de Misión Diplomática.
                                                Dólares
34.- Por visar un pasaporte de ciudadano
    chileno que lo solicite o por prorrogar
    su validez de acuerdo con el Reglamento
    Cónsular_________________________________    2.00
35.- Por legalización o reconocimiento de
    firma de un documento____________________    9.00
36.- Por depósito de un documento en la
    Cancillería______________________________    9.00
37.- Por copia autorizada de documentos
    otorgados o de papeles depositados en
    la Cancillería, cada página______________    5.00
38.- Por traducción de documentos o
    certificados de traducción, cada
    página___________________________________    5.00
39.- Por asistir fuera de la oficina de
    despacho consular a un reconocimiento
    o inspección personal, aposición o
    destrucción de sellos, formación de
    inventario, entrega de bienes, etc., cada
    diligencia si la duración de ella no
    pasare de tres horas_____________________    20.00
40.- Por la misma actuación, además de derecho
    indicado en el número anterior, si la
    diligencia excediere de tres horas, por
    cada hora de exceso o fracción___________    6.00
41.- Por la intervención que corespondiere a un
    funcionario consular en la administración
    de bienes de ausentes o interesados o en
    la realización y venta de los mismos, hasta
    1.000 dollares___________________________      4%
42.- Por la misma actuación, además del derecho
    indicado en el número anterior, por el exceso
    sobre 1.000 dollares_____________________      2%
43.- Por el depósito que se hiciere en el
    Consulado de mercaderías o dineros hasta
    1.000 dollares (La aceptación de depósitos
    de mercaderías por el Cónsul no
    obligatoria)_____________________________      4%
44.- Por la misma actuación, además del derecho
    indicado en el número anterior, por el
    exceso de 1.000 dollares_________________      2%
45.- Por representar o defender derechos de
    chilenos ausentes menores o incapaces ante
    los Tribunales extranjeros, sobre la suma
    que se llegue a recaudar, hasta 1.000
    dolares__________________________________      4%
46.- Por la misma actuación, además del derecho
    indicado en el número anterior, por el exceso
    sobre 1.000 dollares_____________________      2%