LIBERA DE DERECHOS DE INTERNACION Y, EN GENERAL, DE TODO DERECHO O CONTRIBUCION AL MATERIAL QUE INDICA, DESTINADO A LA EMPRESA MUNICIPAL DE DESAGÜES DE VALPARAISO Y VIÑA DEL MAR
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Libéranse de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto del Ministerio de Hacienda N° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones de la ley sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución, a los equipos de bombas y motores y sus accesorios importados al país por la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, equipos y material que llegó a la Aduana de Valparaíso en dos jabas, 16 cajones y 6 piezas numeradas 9440, 9461 y 9460 A, marca Intermaco - 719 A, Valparaíso, por el vapor Santa Rita, procedente de Inglaterra.
Si dentro del plazo de diez años, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, se enajenaren, a cualquier título, los elementos objeto de esta liberación, deberán integrarse en arcas fiscales los impuestos y derechos de que esta ley libera, quedando solidariamente responsables de ellos las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintiséis de Enero de mil novecientos cincuenta y cinco.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- F. Cuevas M.