AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES PARA DONAR A LA FUNDACION "HOGAR DE CRISTO" EL TERRENO QUE INDICA, DE SU PROPIEDAD
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Las Condes para donar a la fundación "Hogar de Cristo" un terreno de su propiedad que corresponde al sitio 13 de la Manzana D del plano de división de la Hacienda La Dehesa, ubicada en la comuna de Las Condes, del departamento de Santiago, y que tiene los siguientes deslindes: al Norte, hijuela segunda de la Hacienda La Dehesa, de don Gino Girardi, camino de por medio; al Sur Poniente, con sitios números uno, dos, tres, cuatro y cinco; al Poniente, con parcela número treinta y seis, y al Oriente, con eje de la Quebrada El Gabino.
Este terreno fué adquirido por la Municipalidad de Las Condes, por escritura de 17 de Febrero de 1951, ante el notario de Santiago don Jaime García Palazuelos, y se encuentra inscrito a fojas 2,958, número 5,459, del Registro de Propiedad del año 1951. La donación se hace ad-corpus, con todos sus usos, derechos y servidumbres.
La donación a que se refiere este artículo estará exenta del trámite de la insinuación.
Artículo 2°.- El Hogar de Cristo destinará el terreno a que se refiere el artículo anterior al cumplimiento de los fines propios de esa Fundación.
Artículo 3°.- Si por cualquier causa el Hogar de Cristo no destinare el predio a que se refiere esta ley a los fines indicados en el artículo precedente o no se construyere alguna obra dentro del plazo de tres años, la transferencia quedará resuelta de pleno derecho y el inmueble volverá al dominio de la Municipalidad de Las Condes".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintiocho de Enero de mil novecientos cincuenta y cinco.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Sergio Recabarren Valenzuela.