Artículo 11. El Presidente de la República pondrá a disposición de la Federación Chilena de Fútbol, con cargo a los recursos que produzca la presente ley, la suma de diez millones de pesos ($ 10.000.000), con el objeto de destinarlos a cubrir los gastos que demande la realización en el país del Campeonato Sudamericano de ese deporte.