Artículo 16. Declárase exento de todo impuesto legal y, especialmente, del de transferencia, que establece el N° 37 del artículo 7° de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, el contrato de compraventa que celebró el Círculo de Periodistas de Santiago con la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, para la adquisición del predio ubicado en calle Amunátegui N°s 31 al 43 de Santiago, a fin de construir en él la futura Casa del Periodista.
    Los aranceles notariales, fijados en las leyes respectivas, se reducen en un 90 % para el solo efecto de esta operación.