1.- Reemplázase el primer párrafo del numeral 1.- del Resuelvo de la resolución exenta Nº388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, por los siguientes:

    Establécense, como medida de gestión de tránsito en la ciudad de Santiago, vías exclusivas para el transporte público.

    Dichas vías, cuyos tramos y sentidos de circulación de exclusividad se describen en los siguientes cuadros, funcionarán de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 hrs. y las 10:00 hrs., y entre las 17:00 y las 21:00 hrs., con excepción de los ejes correspondientes a San Pablo, Av. José Joaquín Pérez e Irarrázaval, que sólo operarán entre las 7:30 hrs. y las 10:00 hrs.

    2.- Derógase la letra a) del numeral 1.- de la resolución exenta Nº 2.557, de 10 de diciembre de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.

    3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.