Artículo 29. En el acceso de todo Relleno Sanitario deberá instalarse un letrero claramente visible en el que se indique, al menos, la siguiente información:

a)  Nombre del Relleno Sanitario;
b)  Nombre de la empresa o municipio que lo opera y número telefónico del Relleno Sanitario;
c)  Horario y días de semana en que se acepta el ingreso de residuos;
d)  Tipos de residuos autorizados para su disposición;
e)  Municipio en donde se emplaza el relleno y su número telefónico;
f)  Autoridad Sanitaria competente y su número telefónico.