Artículo 3°.- Para atender al servicio del o los préstamos, a que se refiere el artículo 1°, establécese una contribución adicional municipal sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Panquehue de un ocho por mil anual, contribución que empezará a cobrarse desde la contratación del o los préstamos, y que regirá hasta el pago total de los mismos.