APRUEBA FUSIÓN ACORDADA POR EL BANCO DE CHILE CON EL BANCO CITIBANK CHILE

    Núm. 3.- Santiago, 8 de enero de 2008.- Vistos:

    1. Las solicitudes adjuntas de los Bancos de Chile y Citibank Chile, en que solicitan se apruebe la fusión de ambos bancos.

    2. Que las Juntas Extraordinarias de Accionistas del Banco de Chile y Citibank Chile, celebradas el 27 de diciembre de 2007, acordaron la referida fusión. Las actas de esas Juntas se redujeron a escritura pública el 28 de diciembre de 2007, en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, la del Banco de Chile, y el 27 de diciembre de 2007, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, la del Banco Citibank Chile.

    3. Que Citibank Chile cuenta con la autorización previa del organismo fiscalizador del país en que está constituida su casa matriz para efectuar la fusión.

    4. Que, como consecuencia de la fusión, el Banco Citibank Chile acordó su disolución anticipada.

    5. Que esas Juntas aprobaron los balances debidamente auditados que se practicaron al 31 de diciembre de 2006 y los informes periciales sobre los patrimonios del Banco de Chile y del antecesor legal de Citibank Chile, Citibank N.A., Agencia en Chile, que servirán de base para la fusión.

    6. Que el aporte en dominio del total del activo y pasivo de Citibank Chile se estima en $297.324.899.039, para cuyo pago el Banco de Chile emitirá un total de 8.443.861.140 acciones nominativas, sin valor nominal, denominadas "Banco de Chile-S", representativas del 10,497% de la suma total de acciones suscritas y pagadas que tendrá el Banco de Chile fusionado. Estas acciones se entregarán a los accionistas de Citibank Chile en la proporción de 8.443,86114 acciones del Banco de Chile por cada una de Citibank Chile.

    7. Que se acordó que la fusión produzca efectos desde el primero de enero de 2008.

    8. Que el Banco de Chile acordó modificar sus estatutos y fijar un texto refundido de ellos.

    9. Que, para los efectos del artículo 35 bis de la Ley General de Bancos, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras por resolución Nº 209, de 26 de diciembre de 2007, previo informe del Consejo del Banco Central de Chile, autorizó la fusión de ambos bancos y también en la misma resolución prestó la aprobación que exige el artículo 25, inciso cuarto, de la ley Nº 19.396, sobre pago de la obligación subordinada.

    Y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Bancos y en el artículo 99 de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas.

    Resuelvo:


    1. Apruébase la fusión acordada por el Banco de Chile con el Banco Citibank Chile, mediante el aporte del activo de este último al Banco de Chile, quien asume la totalidad de su pasivo.

    2. Apruébase la disolución anticipada de Citibank Chile, la que surtirá efecto el 1º de enero de 2008.

    3. Apruébanse las reformas introducidas a los estatutos del Banco de Chile.

    El Banco de Chile fue autorizado para existir y funcionar en el año 1996, como continuador legal del Banco de Chile, que fuera autorizado por decreto supremo de Hacienda Nº 2.776, de 28 de noviembre de 1893.
Cúmplase con los trámites de legalización dispuestos en el artículo 31 de la Ley General de Bancos, inscribiendo y publicando esta resolución junto con el certificado que contiene el extracto de la reforma de estatutos del Banco de Chile.

    - Gustavo Arriagada Morales, Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras.