Ley núm. 11,430
CONCEDE, POR GRACIA, A DOÑA VITALIA Y DOÑA DELIA RODRIGUEZ Y A DOÑA MARIA RODRIGUEZ vda. DE VIZCAYA EL DERECHO A QUE SE AUMENTE SU ACTUAL PENSION
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Vitalia y doña Delia Rodríguez Señoret y a doña María Rodríguez Señoret viuda de Vizcaya, el derecho a que se aumente la pensión de que actualmente disfrutan en conformidad a la ley 10,020, de 10 de Noviembre de 1951, de acuerdo con la ley 10,343, de 28 de Mayo de 1952.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diez y seis de Noviembre de mil novecientos cincuenta y tres.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Guillermo del Pedregal.