Ley núm. 11,438
ABONA, POR GRACIA, EL TIEMPO QUE INDICA A DON LUIS AUGUSTO MOSQUERA ENDRETICH
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónanse, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Luis Augusto Mosquera Endretich, 5 años y concédesele el derecho a que se le emita nueva cédula de retiro con el sueldo del grado inmediatamente superior.
El mayor gasto que importa esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y visto lo dispuesto en el artículo 54, inciso segundo, de la Constitución Política del Estado; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Noviembre de mil novecientos cincuenta y tres.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Guillermo del Pedregal.