COMPLEMENTA LA LEY N.o 11,575, SOBRE REFORMA TRIBUTARIA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1.o. Agrégase en el inciso segundo del
artículo 15 transitorio de la ley 11,575, sobre reforma tributaria, de 14 de Agosto de 1954, modificado por el artículo 65 de la ley N.o 11,764, la siguiente letra:
"e) Cuando se trate de llenar vacantes en los servicios de Correos y Telégrafos".
Artículo 2.o Para proveer los cargos vacantes se dará preferencia a los actuales empleados a contrata y a los que prestan sus servicios a mérito.
Artículo transitorio. A partir de la fecha de la vigencia de la presente ley podrán proveerse las vacantes ocurridas en los Servicios indicados en el artículo anterior, que se hayan producido desde el 14 de Agosto de 1954".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, tres de Mayo de mil novecientos cincuenta y cinco.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Carlos Montero.