"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Retiro para contratar directamente un préstamo con el Banco del Estado de Chile, que produzca hasta la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000), a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.
    Facúltase al Banco del Estado de Chile para tomar el préstamo a que se refiere el inciso anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica o reglamento.