Artículo 87.- El gasto o compromiso ilegal hace responsables solidariamente a los Regidores que lo acordaren o al Alcalde que lo ordenare.
    De la misma manera se hará efectiva la responsabilidad de los que concurran a calificar una fianza a favor de los intereses municipales, si al tiempo de admitirla el fiador fuere notoriamente incapaz o insolvente.