Artículo 3°.- La Universidad de Chile determinará las pruebas para obtener el título de Médico-Cirujano, las cuales serán las mismas para los Licenciados de las tres Universidades. La Comisión designada por la Universidad de Chile para tomar el examen de
Médico-Cirujano a Licenciados en Medicina de la Universidad de Concepción y de la Universidad Católica de Chile estará integrada por un profesor designado por el Rector de la Universidad respectiva.