"Artículo 1.o La iconografía y la documentación privada y oficial publicadas o inéditas, que existan en Chile y en el extranjero, relacionadas con la historia de la Administración del Director Supremo don Bernardo O'Higgins y con su biografía personal, y cuya publicación en el Archivo de don Bernardo O'Higgins dispone el artículo 2.o de la ley N.o 7,367, de 20 de Noviembre de 1942, continuarán editándose en las condiciones que fija la presente ley.
    Los documentos inéditos que existan en archivos nacionales y que deban publicarse en esta obra, no podrán ser proporcionados, antes que ello se realice, a publicaciones extranjeras.