AUTORIZA A LA POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA PARA AUMENTAR EL NUMERO DE SUS SORTEOS ANUALES
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Autorízase a la Polla Chilena de Beneficencia para aumentar en siete el número de sus sorteos anuales.
La utilidad líquida que produzcan estos sorteos se distribuirá como sigue:
A la Universidad Austral________________________ 38 %
A la Universidad de Concepción__________________ 18 %
A la Universidad Técnica "Federico Santa María"_ 15 %
A la Universidad Católica de Santiago 7,5 %
A la Universidad Técnica del Estado_____________ 7,5 %
A la Fundación de Instrucción Agrícola
"Adolfo Matthei", de Osorno_____________________ 5 %
A la Universidad Católica de Valparaíso_________ 7 %
A la Universidad de Chile, para la construcción
de Pensionados para estudiantes de provincia____ 2 %
Artículo 2°.- Autorízase a la Polla Chilena de Beneficencia para efectuar sorteos sin combinación con las carreras a que se refiere el artículo 1° de la ley N° 5,443, de 13 de Julio de 1934.
Artículo 3°.- Los sorteos que autoriza la presente ley quedan exentos de todo impuesto fiscal o municipal, a beneficio de las instituciones enumeradas en el artículo 1°, con el objeto de que las sumas que, por este concepto, debía percibir el Fisco, se distribuyan entre tales instituciones en la misma proporción fijada en dicho artículo 1°.
Artículo 4°.- La programación de los sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción para cada año calendario, deberá hacerse de común acuerdo entre ambas instituciones.
Artículo 5°.- Las instituciones mencionadas en el artículo 1° deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad a esta ley."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a trece de Septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Abraham Pérez L.