Ley núm. 11,536
LIBERA DE DERECHOS DE INTERNACION, DE ALMACENAJE Y, EN GENERAL, DE TODO DERECHO O CONTRIBUCION QUE SE PERCIBA POR INTERMEDIO DE LAS ADUANAS, AL MATERIAL RELIGIOSO QUE INDICA, DESTINADO A LOS PADRES PASIONISTAS DE LOS ANDES
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto de Hacienda N.o 2,772, de 18 de Agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, la internación al país de veintiocho (28) vitreaux con imágenes religiosas y con cristales de colores, destinados a los Padres Pasionistas de Los Andes, para ser colocados en la Iglesia perteneciente a dicha comunidad religiosa ubicada en esa ciudad, previa de importación N.o 501953, adquirida la mercadería en España de la firma Cristamol S.A., por un valor C.I.F. Valparaíso de 8,356,21 dólares.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dieciocho de Mayo de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Guillermo del Pedregal.