MODIFICA DECRETO Nº 239 EXENTO, DE 1996
Núm. 105 exento.- Santiago, 5 de febrero de 2008.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum técnico (R. Pesq.) Nº 005-2008 de fecha 28 de enero de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los decretos exentos Nº 239 de 1996, N° 19 de 2004 y N° 136 de 2005, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; la comunicación previa al Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas.
Considerando:
Que mediante decreto exento Nº 239 de 1996, modificado por los decretos exentos citados en visto, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se estableció una veda biológica anual de los recursos Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki, en el área marítima comprendida entre la V y la X Regiones, entre los días 10 de diciembre de cada año al 7 de febrero del año siguiente, ambas fechas inclusive.
Que la Subsecretaría de Pesca ha recomendado extender la veda biológica de reclutamiento hasta el 20 de febrero del presente año en el área marítima de la V a la IX Regiones con el fin de proteger la incorporación de ejemplares juveniles al stock parental de las citadas pesquerías para la presente temporada.
Que esta medida de conservación se ha comunicado previamente al Consejo Zonal de Pesca correspondiente.
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el numeral 1º del decreto exento Nº 239 de 1996, modificado mediante Decretos Exentos Nº 19 de 2004 y Nº 136 de 2005, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de señalar que la veda biológica anual de los recursos Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki, en el área marítima correspondiente a las Regiones V a IX, se extenderá para el año 2008 hasta el día 20 de febrero, inclusive.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.