Artículo 3°.- La Municipalidad deberá invertir el producto del o los empréstitos en los siguientes fines:
a) Construcción de un edificio
  municipal, oficinas públicas y sala
  de espectáculos____________________ $    6.000.000.-
b) Construcción de un mercado
  municipal y adquisición de un
  frigorífico________________________      2.000.000.-
c) Adquisición de un camión para el
  servicio de aseo de la población        1.500.000.-
d) Mejoramiento del servicio público
  de alumbrado en Inca de Oro y
  Pueblo Hundido_____________________      1.500.000.-
e) Mejoramiento de la red de
  distribución de energía eléctrica
  en Chañaral________________________      2.000.000.-
f) Aporte para la reconstrucción
  del edificio y adquisición de
  material para el Cuerpo de
  Bomberos de Chañaral_______________        500.000.-
g) Adquisición de terrenos para la
  ejecución de las obras señaladas          500.000.-
  TOTAL______________________________ $  14.000.000.-
    Si alguna de las obras señaladas en este artículo dejaren fondos sobrantes, éstos se invertirán en las otras hasta enterar el total del producto del o los empréstitos, y una vez que todas se encuentren terminadas, si aún hubiere saldo, éste se invertirá en nuevas obras que acuerde la Municipalidad en sesión extraordinaria citada especialmente con este objeto.