AGREGA VÍA URBANA A DECLARATORIA DE CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA SEGÚN DECRETO Nº 399, DE 1994
Núm. 936.- Santiago, 18 de diciembre de 2007.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 24º del D.F.L. Nº 850 MOP, del 12/09/1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964, Orgánica del MOP y del D.F.L. Nº 206 MOP, de 1960; la resolución Nº 520, de la Contraloría General de la República de 1996 y el Nº 1 del Pto. IV, Art. 1 del D.S. Nº 19, MINSEGPRES, del 22/01/2001.
Considerando:
Que es necesario definir las calles o avenidas urbanas que serán administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
La necesidad de agregar una vía urbana a la declaratoria vigente según D.S. Nº 399, del 09/09/1994. Que el artículo 24º del D.F.L. Nº 850 MOP, del 12/09/1997 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, permite declarar caminos públicos a dichas vías urbanas.
Que el Nº 1 del Pto. IV, Art. 1 del D.S. Nº 19, MIN-SEGPRES, del 22/01/2001, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar "Por orden del Presidente de la República" la presente declaratoria.
Decreto:
1º.- Agréguese al D.S. Nº 399, del 09/09/1994 el siguiente numeral 2º:
2º.- Declárese camino público en el área urbana de Puerto Williams la vía urbana que a continuación se señala:
- La pasada de la Ruta Y-905, entre el límite urbano Poniente y el límite urbano Oriente; a través de: Micalvi, Avenida Costanera y Costanera Ukika.
2º.- Los actuales numerales 2º, 3º, 4º, 5º y 6º pasarán a ser 3º, 4º, 5º, 6º y 7º, según corresponde.
3º.- Las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y de los Planes Reguladores.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Eduardo Bitrán Colodro, Ministro de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Juan Eduardo Saldivia Medina, Subsecretario de Obras Públicas.