IMPARTE INSTRUCCIONES Y DEJA SIN EFECTO OFICIOS CIRCULARES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA QUE INDICA

    Núm. 7.251.- Santiago, 14 de febrero de 2008.
    En el cumplimiento de la función de control de juridicidad de los actos de la Administración, dentro de la cual se encuentran las Municipalidades por expresa disposición del artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, se ha estimado conveniente impartir instrucciones respecto de la contratación y ejecución de obras por dichas Entidades.
    Con el objeto de facilitar el cumplimiento de las funciones encomendadas a este órgano de fiscalización, y en el ejercicio de las facultades que asisten a este Contralor General, se instruye a las Municipalidades a mantener en sus dependencias una carpeta para cada contrato que celebre, a fin de que sea revisado por personal especializado de esta entidad fiscalizadora, sin que sea necesaria la remisión de los actos administrativos correspondientes. En ella deberá archivarse copia de los decretos alcaldicios pertinentes con la documentación que a continuación se indica:

I.-  Antecedentes previos al llamado a licitación:

    - Bases administrativas y técnicas.
    - Legajo de planos y especificaciones técnicas.
    - Presupuesto oficial.

II.-  Antecedentes de la apertura de propuestas:

    - Publicación del llamado.
    - Acta de apertura.
    - Ofertas presentadas.

III.- Antecedentes de la adjudicación:

    - Evaluación de las propuestas.
    - Contrato.
    - Presupuesto compensado, si procediere.
    - Garantías constituidas.

IV.-  Antecedentes del desarrollo de la obra:

    - Designación del profesional del servicio que se hará cargo de la inspección de la obra.
    - Acta de entrega de terreno.
    - Copia del libro de obra.
    - Programación y avance físico.
    - Certificaciones y ensayes, si proceden.
    - Modificaciones de obra y plazo, con la respectiva justificación técnica.
    - Sanciones a contratistas y consultores.
    - Traspaso de contrato.

V.-  Antecedentes financieros:

    - Estados de pago.
    - Documentación relativa a retenciones, reajustes y anticipos.
    - Pago de indemnizaciones y gastos generales.

VI.-  Antecedentes de la terminación de la obra:

    - Acta de recepción de las obras.
    - Constancia de devolución de garantía y retenciones.
    - Liquidación y finiquito.

    Déjense sin efecto los oficios circulares Nºs 40.506, de 1995; 25.379, de 1982; 625, de 1980, y 64.230, de 1978, todos de esta Contraloría General.


    Publíquese en el Diario Oficial.- Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.