Artículo 13: Las Decreto 1353 EXENTO,
EDUCACIÓN
Art. ÚNICO N° 8
D.O. 20.11.2017situaciones de prácticas profesionales realizadas en condiciones distintas a las definidas en el presente decreto serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación respectivas, a expresa petición y presentación de antecedentes por parte del director del establecimiento educacional.
EDUCACIÓN
Art. ÚNICO N° 8
D.O. 20.11.2017situaciones de prácticas profesionales realizadas en condiciones distintas a las definidas en el presente decreto serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación respectivas, a expresa petición y presentación de antecedentes por parte del director del establecimiento educacional.