DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE INDICA
Santiago, 31 de diciembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 271.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por cartas Nº 3000 - 0592 -
07, Nº 3000 - 0593 - 07, Nº 3000 - 0594 - 07 y Nº 3000 - 0595 - 07, todas de 25 de octubre de 2007; los oficios Ord. Nº 1890 y Nº 3060, de 15 de mayo y 25 de julio de 2007, de la Jefe del Departamento de Comercio Exterior del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los oficios Ord. Nº 882 y Nº 888, de 28 y 29 de noviembre de 2007, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Minvu; el artículo 13º, letra c), del DL Nº 1.305, de 1975; y el artículo 3º, incisos quinto y sexto del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones,
Decreto:
1º Decláranse Normas Oficiales de la República de Chile, las normas técnicas que se indican a continuación:
NCh 186/2.Of2007 Fibrocemento - Planchas - Parte
2: Planchas onduladas -
Requisitos.
NCh 194.Of2007 Fibrocemento - Planchas onduladas
- Instalación en obra.
NCh 1909.Of2007 Fibrocemento - Planchas planas,
planchas onduladas y tejuelas
planas - Ensayos.
NCh 2607.Of2007 Accesorios de cobre y aleaciones
de cobre para uniones de tuberías
de plástico.
2º El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificadas su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que las declara normas oficiales de la República. Y a la Biblioteca Nacional.
NOTA
El numeral 4 y 7 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifican la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la NCh186/2:2007 Fibrocemento - Planchas - Parte 2: Planchas onduladas - Requisitos, y la NCh1909:2007 Fibrocemento - Planchas planas, planchas onduladas y tejuelas planas - Ensayos, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.
El numeral 4 y 7 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifican la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la NCh186/2:2007 Fibrocemento - Planchas - Parte 2: Planchas onduladas - Requisitos, y la NCh1909:2007 Fibrocemento - Planchas planas, planchas onduladas y tejuelas planas - Ensayos, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento, Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.