Artículo 12. El Servicio Médico Nacional de Empleados es una Institución Semifiscal, con personalidad jurídica, que se regirá por este decreto y sus reglamentaciones complementarias. Se declaran inembargables los bienes del Servicio Médico Nacional de Empleados destinados al funcionamiento de sus Servicios administrativos, médicos y dentales. El Servicio gozará del privilegio de pobreza en los juicios en que sea parte y en las actuaciones que realice ante cualquier Tribunal de la República.