Autoriza al Presidente de la República para contratar uno o más empréstitos destinados a financiar la construcción y alhajamiento de la Escuela Naval; se le autoriza, además, para donar, en representación del Fisco, a la Municipalidad de Valparaíso, el terreno que indica y cuyos deslindes señala, ubicado en esa ciudad; deroga los artículos 1.°, 2.° y 3.° y reemplaza el inciso 4.° del artículo 4.° de la ley 11.486, de 20 de enero de 1954, que autorizó expropiar o adquirir terrenos con el objeto de destinarlos a la ampliación de la misma Escuela.