Artículo 10.- Las entradas y gastos que produzca la Empresa de Transportes de la Municipalidad de Maipú se contabilizarán en un presupuesto independiente de carácter extraordinario y sus depósitos y giros se anotarán en cuentas especiales que al efecto deberá abrir la Tesorería Comunal respectiva. Contra dichas cuentas sólo podrá girarse para atender las necesidades y mantenimiento de la Empresa, para la construcción y reparación de los edificios destinados a la misma, para el pago, reposición y adquisición de buses, maquinaria, repuestos, combustibles y lubricantes; para el pago de sueldos y salarios, aportes de previsión y seguros y, finalmente, para el servicio del o los préstamos autorizados por el artículo 1°, y, especialmente, en el caso contemplado en el artículo 6° de la presente ley.