DECLARA MONUMENTO HISTÓRICO SECTOR DEL PREDIO DENOMINADO MONTE VERDE, UBICADO EN LA COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS
    Núm. 425 exento.- Santiago, 25 de enero de 2008.

    Considerando:

    Que, en el predio denominado Monte Verde, ubicado en la Comuna de Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, se han realizado estudios desde 1977 por el equipo del arqueólogo estadounidense Tom Dillehay y el geólogo chileno Mario Pino, los cuales han demostrado la existencia de significativos sitios arqueológicos, de gran relevancia científica, que dan cuenta de la ocupación humana más antigua registrada hasta el momento en Chile, con unos 13.000 años de antigüedad, la cual evidencia una adaptación a los ambientes boscosos y está constituido por los restos orgánicos (madera, cuero, semillas, restos óseos, etc.), excelentemente conservados, de un campamento habitacional.
    Que, estos sitios han permitido reevaluar los paradigmas tradicionalmente aceptados sobre la época en que el continente americano fue habitado por nuestra especie, estableciendo su presencia en él varios miles de años antes de lo propuesto anteriormente.
    Que, las evidencias registradas han hecho necesario modificar la visión sobre el modo de vida de los primeros habitantes de nuestro continente y país, estableciendo la existencia de tempranas adaptaciones al ambiente de tipo boscoso templado frío.
    Que, las condiciones ambientales de la zona han permitido la conservación de los restos de las estructuras de madera del campamento levantado en el lugar, constituyendo uno de los pocos lugares de América y el único en Chile en donde se han registrado para este período este tipo de evidencias y una confirmación de temprana presencia de seres humanos en nuestro país que habrían levantado complejos sitios habitacionales.
    Que, los sitios arqueológicos de Monte Verde se ubican en la localidad del mismo nombre, en las dos riberas del estero Chinchihuapi, curso de agua afluente del río Maullín.
    Que, dichos sitios arqueológicos presentan evidencias de una ocupación mas antigua, en actual evaluación, que podría indicar la presencia humana en la zona en torno al año 33.000 antes del presente, que los hace ser considerados entre los más significativos y reconocidos a nivel mundial y que son necesario proteger.
    Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; Decreto Supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 12 de septiembre de 2007, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ords. Nº 3441, 3442 y 3443, del Consejo de Monumentos Nacionales, del 29 de 2007; Ord. Nº 6734, de 26 de diciembre de 2007, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; carta de Presidente de la Fundación Monte Verde y Rector de la Universidad Austral de Chile, de 22.09.2007; solicitud de declaratoria de parte del Secretario Ejecutivo de la Fundación Monte Verde, Sr. Eduardo Alvar, de 9 de mayo de 2007; Resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto :

    Artículo único: Declárase Monumento Histórico el sector del predio denominado Monte Verde, ubicado en la Comuna de Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, dentro del cual se encuentran los sitios arqueológicos Monte Verde y Chinchihuapi, siendo sus límites los señalados en el plano y en el listado con las coordenadas UTM que corresponden a los vértices del polígono, que se adjuntan y que forman parte del presente decreto:

Vértices                            Coordenadas UTM
                                        SAM 56
                                    Long E    Lat N

Vértice A: Cruce camino local con cerco delimitar extremo oeste terreno señor Carlos I. Kuschel
Silva                              649.560  54.03.780
Vértice B: cerco extremo oeste terreno señor Carlos I. Kuschel
Silva con Estero Chinchihuapi      649.780  54.03.799
Vértice C: esquina surponiente cerco terreno Fundación Monte
Verde con Estero Chinchihuapi      649.652  54.03.788
Vértice D: esquina norponiente cerco terreno Fundación Monte
Verde                              649.693  54.03.877
Vértice E: esquina nororiente
terreno Fundación Monte Verde      649.808  54.03.823
Vértice F: esquina suroriente cerco terreno Fundación Monte
Verde con Estero Chinchihuapi      649.772  54.03.748
Vértice G: cerco Terreno Familia
Barría con Estero Chinchihuapi    649.293  54.03.648
Vértice H: cerco Terreno Familia
Barría con Camino Local            649.262  54.03.508

    El área protegida por la presente declaratoria abarca un total de 8,35 has.


    Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Yasna Provoste Campillay, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Cristian Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.