Ley núm. 5,245
MODIFICA LA LEY DE ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LOS TRIBUNALES DE 15 DE OCTUBRE DE 1875
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1.o Suprímese en el número 3.o del artículo 51 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de Octubre de 1875, las expresiones: "civiles y otra de las".
Art. 2.o Agrégase al final del artículo 51 de la misma ley, el siguiente inciso:
"4.o Cada mes, una lista de las causas civiles y criminales falladas en el mismo mes, y de todas las que se encuentren en estado de sentencia, con indicación de las fechas respectivas".
Art. 3.o Esta ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, trece de Septiembre de mil novecientos treinta y tres.- ARTURO ALESSANDRI.- Domingo Durán.