MODIFICA DECRETO Nº 153, DE 1983

    Santiago, 21 de enero de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 25.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en los artículos 5º y 41 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el DFL. Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 2º del DS. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DS. Nº 153, de 1983, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la resolución Nº 55, de 1992, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República y,

    Considerando:

    a) Que el decreto supremo Nº 153, de 1983, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, facultó a las autoridades del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para suscribir determinados actos administrativos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", a fin de agilizar la gestión administrativa.
    b) Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, siguen vigentes las delegaciones de firma dispuestas en el decreto a que alude el numeral anterior,

    Decreto:

    Artículo único. Modifícase el artículo 1º del DS.
Nº 153, de 1983, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el sentido de sustituir en el numeral 1.7. del apartado I la locución "cuya cuantía sea superior a 1000 unidades tributarias y no excedan de dos mil unidades tributarias mensuales", por la expresión "cuya cuantía sea superior a dos mil unidades tributarias mensuales y no excedan de cinco mil unidades tributarias mensuales".
    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo Subrogante.- José Antonio Viera-Gallo Quesney, Ministro Secretario General de la Presidencia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Silva Arancibia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.