EXTRACTO DE RESOLUCION Nº32 EXENTA, DE 18 DE MARZO DE 2008, QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA CUMPLIR CON OBLIGACIÓN DE REGISTRO QUE DISPONE EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº20.190, DE 2007, PARA LOS FONDOS DE INVERSIÓN REGIDOS POR LA LEY Nº18.815, DE 1989, Y SUS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS
1. Para los efectos de cumplir con el registro que establece el artículo primero transitorio de la ley Nº20.190, se entenderá que el fondo de inversión y su sociedad administradora han cumplido con dicha obligación de registro cuando al momento de inscribir el fondo de inversión en el RUT, se ha hecho declaración expresa en el sentido de que el fondo se acoge a las normas mencionadas.
2. Para el cumplimiento de la obligación de inscribir a los fondos de inversión que administran en el RUT, de acuerdo a las normas impartidas por la circular Nº31, de 2007, y demás instrucciones vigentes impartidas por el Servicio de Impuestos Internos, las sociedades administradoras deberán presentar la documentación que se indica en la resolución.
3. Si el registro del fondo de inversión y su sociedad administradora para los efectos de lo previsto en el artículo primero transitorio de la ley Nº20.190 se realiza con posterioridad a la inscripción en el RUT del fondo de inversión, deberá hacerse mediante solicitud escrita, de acuerdo al formato contenido en Anexo que integra esta resolución.
4. El incumplimiento de la obligación de registro, ya sea a través de la inscripción en el RUT en la forma establecida en los resolutivos primero y segundo, o bien, a través de la presentación de la solicitud escrita, traerá como consecuencia la improcedencia del beneficio legal que contempla el artículo primero transitorio de la ley Nº20.190 en sus numerales primero y tercero.
5. La presente resolución regirá a contar de su publicación en extracto en el Diario Oficial.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de marzo de 2008.