Art. 23. La Comisión encargada de formar el escalafón judicial la compondrán El Presidente de la Corte Suprema, que la presidirá; los Presidente de las Cortes de Apelaciones de la República, el Fiscal de la Corte Suprema y el Sub-secretario del Ministerio de Justicia.
    Hará de Secretario el de la Corte Suprema.
    Sesionará con la mayoría de sus miembros.
    El jefe de sección del Ministerio de Justicia tendrá a su cargo el escalafón, donde se anotarán separadamente las hojas de servicio de cada uno de los funcionarios judiciales.