Decreto-Lei

    Núm. 409.- Santiago, 19 de marzo de 1925.- La Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente

    DECRETO-LEI:

    Artículo único. Suprímese del inciso segundo del artículo 149 de la Lei de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de octubre de 1875, la frase 'y el tiempo de vacaciones de cada año, que comenzará el quince de enero y durará hasta el primero de marzo'.
    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.- C.A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- José Maza.