Autoriza a la Municipalidad de Tomé para contratar uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de $ 11.000.000 con el fin de destinarlos a obras de pavimentación, de alcantarillado, de alumbrado público y de agua potable, a la construcción de habitaciones para empleados y obreros municipales y a la adquisición de vehículos motorizados para el servicio de aseo; para su servicio establece las contribuciones adicionales que indica, señaladas en las leyes 7.317, de 6 de noviembre de 1942, 8.759, de 8 de abril de 1947, y 11.510, de 2 de abril de 1954.