ACTA Nº 44-2008
"En Santiago, a veintiocho de marzo de dos mil ocho, se deja constancia que con fecha 11 de enero último se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular, don Urbano Marín Vallejo, y con la asistencia de los Ministros señores Libedinsky, Juica, Segura, Oyarzún, Rodríguez, Ballesteros y Muñoz, señora Herreros, señores Dolmestch, Araya, Valdés, Carreño y Pierre, señoras Pérez y Araneda y señor Künsemüller, oportunidad en que se dispuso dictar la normativa que a continuación se indica:
NORMATIVA DE SEGURIDAD DEL PALACIO DE TRIBUNALES
Teniendo presente:
1.- Que es necesario adoptar las disposiciones adecuadas para resguardar la seguridad personal de quienes trabajan en el Palacio de los Tribunales de Justicia y de quienes concurren a él, reglamentando el ingreso, la permanencia y la salida del lugar de dichas personas.
2.- Que resulta indispensable, asimismo, adoptar las medidas de seguridad adecuadas en el interior del edificio.
Y atendidas las facultades económicas que a esta Corte Suprema otorga el artículo 82 de la Constitución Política de la República y el Nº 4 del artículo 96 del Código Orgánico de Tribunales, en reemplazo del acuerdo de 26 de enero de 2007.
Se dicta el siguiente Auto Acordado, que contiene la Normativa de Seguridad del Palacio de Tribunales:
1º) La entrada y salida del edificio de lunes a sábado queda determinada exclusivamente como se indicaAA S/N, A)1
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 a continuación: a) Para Ministros, Relatores y Secretarios de la Corte Suprema, Corte de Apelaciones de Santiago, Corte Marcial, Fiscal Judicial y Pro Secretaría de la Corte Suprema y Secretario Abogado del Presidente de la Corte Suprema:
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 a continuación: a) Para Ministros, Relatores y Secretarios de la Corte Suprema, Corte de Apelaciones de Santiago, Corte Marcial, Fiscal Judicial y Pro Secretaría de la Corte Suprema y Secretario Abogado del Presidente de la Corte Suprema:
- Ingreso y salida por Compañía Nº 1140, desde las 5:30 hasta las 14:00 horas; e ingreso y salidaAA S/N, A)2
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 por Morandé Nº 345, desde las 7:45 horas y hasta el momento de su retiro.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 por Morandé Nº 345, desde las 7:45 horas y hasta el momento de su retiro.
b) Para los demás funcionarios y empleados judiciales que laboren en el Palacio:
- Ingreso desde las 7:45 hasta las 8:00 horas por Compañía Nº 1140, o por Morandé Nº 345 desdeAA S/N, A)3
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 las 5:30 horas; desde las 14:00 horas en adelante ingreso y salida por Morandé Nº 345.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 las 5:30 horas; desde las 14:00 horas en adelante ingreso y salida por Morandé Nº 345.
c) Para abogados, procuradores, periodistas y público en general:
- Ingreso desde las 7:45 hasta antes de las 14:00 horas por Compañía Nº 1140; entre las 14:00 y las 16:00 horas, ingreso y salida por Morandé
Nº 345.
d) Para proveedores, personal de aseo deAA S/N, A)4 Y 5
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 mantenimiento y construcción: - Ingreso y salida de 5:30 a 18:00 horas por Morandé Nº 345.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 mantenimiento y construcción: - Ingreso y salida de 5:30 a 18:00 horas por Morandé Nº 345.
e) Para personas discapacitadas:AA S/N, A)6
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 - Ingreso y salida de 7:45 a 16:00 horas por Morandé Nº345.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 - Ingreso y salida de 7:45 a 16:00 horas por Morandé Nº345.
f) Los días que haya juramento de abogados, la puerta principal de Compañía Nº 1140 se abrirá a las 7:30 horas.
La entrada y salida del edificio en días domingoAA S/N, A)7
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 será controlada por el personal de Gendarmería de Chile en cada situación particular.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 será controlada por el personal de Gendarmería de Chile en cada situación particular.
2º) Las puertas laterales de Bandera Nº 346 y 344 únicamente serán abiertas en casos estrictos de una emergencia real y nunca para la circulación de los funcionarios y otras personas, sin perjuicio del empleo de la segunda de las puertas para el retiro de desperdicios.
3º) Todas las personas que deseen ingresar al Palacio de los Tribunales, salvo el personal judicialAA S/N, B)
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 del mismo, tendrán que exhibir su cédula de identidad al personal de Gendarmería de Chile, debiendo quedar anotado el número de la misma en los libros de control correspondientes a cargo del personal de guardia, con indicación de la hora en que ello ocurrió.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 del mismo, tendrán que exhibir su cédula de identidad al personal de Gendarmería de Chile, debiendo quedar anotado el número de la misma en los libros de control correspondientes a cargo del personal de guardia, con indicación de la hora en que ello ocurrió.
Se permitirá el ingreso a los abogados, periodistas y personas invitadas con la sola exhibición del documento que les identifique, y si consta la profesión de los primeros y la invitación de los últimos.
4º) Toda persona que entre por la puerta de calle Compañía deberá pasar, obligatoriamente, por el arco detector de metales allí instalado; y no podrá entrar al edificio sin previo registro individual por el personal de guardia si dicho artefacto emite el correspondiente sonido de advertencia.
5º) Se prohíbe el ingreso de bolsos, mochilas, paquetes, letreros o lienzos publicitarios, los cuales deberán quedar retenidos en el acceso, para lo cual se deberá individualizar a la persona a través de su cédula de identidad, cuyo número quedará registrado en el paquete respectivo. En el caso que una persona no porte cédula de identidad, el funcionario de Gendarmería deberá impedir el ingreso al edificio.
6º) No se permitirá la entrada de comerciantes ambulantes al interior del Palacio.
7º) Se implementará un sistema adecuado de cámaras de seguridad en todo el Palacio de los Tribunales, con elementos modernos, de la mejor calidad y en la calidad necesaria para una eficiente vigilancia en el edificio.
8º) Cuando se presenten grupos de personas a la entrada del recinto con claras intenciones de realizar actos o manifestaciones en el interior, sólo se permitirá el ingreso de los dirigentes y sus representantes o patrocinantes, con un máximo de cinco personas. En caso de incumplimiento de esta norma, Gendarmería podrá solicitar, sin perjuicio de su propia actuación, el auxilio de Carabineros de Chile.
9º) Los miembros de Gendarmería, Carabineros, Fuerzas Armadas y Policía de Investigaciones deberán, al llegar, dejar en custodia su armamento, a menos que estén custodiando a un detenido, preso o arrestado.
10º) En caso de desórdenes al interior del Palacio de Tribunales, la guardia de Gendarmería dará cuenta de inmediato al Presidente de la Corte Suprema o a quien éste haya designado al efecto, y simultáneamente adoptará las medidas prudentes y mesuradas para restaurar el orden y la tranquilidad del recinto, pudiendo incluso hacer salir del edificio a los responsables y requerir la colaboración de Carabineros de Chile si fuere necesario.
Lo anterior es sin perjuicio de denunciar -en su caso- la posible comisión del delito contemplado en el inciso segundo del artículo 264 del Código Penal.
11º) Las personas que no sean funcionarios y que ingresen al Palacio después de las 14:00 horas serán visitas y deberán portar en forma visible una credencial que las identifique como tales. Se incluye como visita toda persona que no trabaje en el Palacio, aunque sea autoridad, como, por ejemplo, un Ministro de la Corte de Apelaciones que no sea de Santiago.
La visita deberá indicar a quién visitará y su ingreso se autorizará después de que el gendarme corrobore la información con el funcionario al que se visita. Deberá dejar su cédula de identidad, la que le será devuelta después de entregar la tarjeta de visita.
A las 14:00 horas ,de lunes a viernes, deberáAA S/N, C)
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 bajarse al hall de ingreso de calle Morandé el panel de Tablas de la Corte de Apelaciones. Quienes ingresen a consultar dichas Tablas entre las 14:00 y 16:00 horas, podrán acceder al primer hall de acceso por Morandé, pero no podrán ingresar a los otros recintos del edificio.
CORTE SUPREMA
D.O. 05.05.2008 bajarse al hall de ingreso de calle Morandé el panel de Tablas de la Corte de Apelaciones. Quienes ingresen a consultar dichas Tablas entre las 14:00 y 16:00 horas, podrán acceder al primer hall de acceso por Morandé, pero no podrán ingresar a los otros recintos del edificio.
12º) Los funcionarios y empleados judiciales que laboren en el Palacio deberán portar permanentemente, y a la vista, durante su jornada de trabajo, una credencial identificatoria en que conste su nombre y cargo. Se exceptúan de lo anterior las personas indicadas en la letra a) del numeral primero de este Auto Acordado. Asimismo, habrá una tarjeta especial para personas de aseo, mantención, proveedores u otras personas que deban trabajar transitoriamente en el edificio. Para tal efecto deberá efectuarse un listado oficial permanente y actualizado de los funcionarios y habitantes del Palacio, de los gendarmes, del personal de aseo y mantención del edificio, el que deberá estar a cargo del Jefe de Gendarmería y simultáneamente del Pro Secretario de la Corte Suprema.
13º) Las normas de este acuerdo no regirán respecto de los invitados y visitas oficiales.
14º) El presente acuerdo entrará en vigencia el 2 de mayo de 2008.".
Carlos Meneses Pizarro, Secretario.