MODIFICA LA LEY N.o 10,343, DE 28 DE MAYO DE 1952 Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1.o Intercálase como inciso segundo del
artículo 57 de la ley N.o 10,343, de 28 de Mayo de 1952, el siguiente:
"Igual derecho tendrán los Oficiales de Carabineros de Chile en retiro de Orden y Seguridad y Administración, provenientes de la categoría de Suboficial de las Fuerzas Armadas o de Carabineros, que reúnan las condiciones de tiempo servido indicado en el inciso anterior".
Artículo 2.o El beneficio que acuerda el artículo precedente regirá desde la publicación de esta ley en el "Diario Oficial".
Artículo 3.o El gasto que corresponda la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veinticinco de Septiembre de mil novecientos cincuenta y seis.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Benjamín Videla Vergara.