MODIFICA DECRETO Nº 139 EXENTO, DE 2006, EN FORMA QUE INDICA
Núm. 133 exento.- Santiago, 7 de marzo de 2008.- Considerando:
Que mediante decreto (exento) Nº 139, de 28 de febrero de 2006, modificado por decreto (exento) Nº 207, de 16 de junio del mismo año, se otorgó una concesión de uso gratuito al Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, del inmueble fiscal que corresponde a la Base Naval Antártica Arturo Prat y terrenos adyacentes, ubicado en la Base Arturo Prat, Isla Greenwich, comuna de Antártica, provincia Antártica Chilena, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena;
Que el Ministro de Defensa Nacional, mediante oficio Nº6810/07/1, de 15 de enero de 2008, ha solicitado que se excluya de la concesión de uso gratuito indicada, una superficie de 1.320,44 m² en la que se emplazan, precisamente, las instalaciones de la Base Antártica Naval, con excepción de las construcciones del Laboratorio del Instituto Antártico Chileno (INACH) y del Museo;
Que el Gobierno Regional, en conocimiento de la petición en examen, ha dado su aprobación, según consta en oficio Nº 156, de 5 de marzo de la Intendente de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,
Decreto:
I.- Modifícase el decreto (exento) Nº 139, de 28 de febrero, modificado por decreto (exento) Nº 207, de 16 de junio, ambos de 2006, del Ministerio de Bienes Nacionales, en el sentido que se excluye de la superficie de terreno fiscal concesionada al Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, correspondiente a 114,82 Hás. de acuerdo a individualización que consta en el Plano Nº XII-4-249-C.R., la extensión o área de terreno de 1.320,44 m², aproximadamente (mil trescientos veinte coma cuarenta y cuatro metros cuadrados), conforme se individualiza en el Plano Nº 12.202-1-C.R., en la cual se encuentran emplazadas las instalaciones de la Base Antártica Naval. Todo ello, con excepción del emplazamiento y construcciones del Laboratorio del Instituto Antártico Chileno (INACH) y del Museo.
II.- Facúltase al Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena para que en representación del Fisco, suscriba la escritura pública de modificación del contrato de concesión, que será redactado por la División Jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales y deberá ser firmado dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de un extracto del presente decreto modificatorio.
III.- Se deja constancia que para todos los efectos legales, el presente decreto formará parte integrante del que se modifica, el que mantiene su vigencia en todo lo demás.
Anótese, regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, comuníquese, publíquese en extracto en el "Diario Oficial" y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Romy Schmidt Crnosija, Ministra de Bienes Nacionales.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Neftalí Carabantes Hernández, Subsecretario de Bienes Nacionales.