AGREGA NUMERO 16) AL NUMERO 1, DEL DECRETO SUPREMO DE EDUCACION Nº 13.057, DE 1969
Núm. 2.039.- Santiago, 25 de Marzo de 1980.- Considerando:
Que el Supremo Gobierno está empeñado en agilizar la administración pública a través de una política de desburocratización;
Que es necesario hacer más expedito el despacho de la documentación correspondiente a aprobación de planes y programas de estudio;
Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; ley número 16.436, de 1966, y en el artículo 65, de la ley número 16.840,
Decreto:
Agrégase el siguiente número 16) al número 1, del decreto supremo de Educación Nº 13.057, de 1969:
16) Aprobación del planes y programas de estudio.
Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la Recopilación de Leyes y Reglamentos de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alfredo Prieto Bafalluy, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.- Silvia Peña Morales, Subsecretario de Educación Pública